El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas oficiales y el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, que modifica el anterior, establecen tres fases en el proceso de implantación de los títulos oficiales universitarios. En primer lugar, la Universidad debe presentar un proyecto de título a verificación por parte del Consejo de Universidades y a autorización por parte de la Comunidad Autónoma. Una vez obtenidos el informe de verificación favorable y la autorización, se implanta el título, cuyo adecuado desarrollo será objeto de seguimiento por la Agencia. Finalmente, cada seis años los títulos son objeto de una evaluación para la obtención del informe de acreditación.

Para obtener el informe de verificación, la Universidad debe realizar una solicitud al Consejo de Universidades quien solicita la elaboración de un informe de evaluación a ACSUCYL, como órgano de evaluación externa del Sistema Universitario de Castilla y León.

PLANIFICACIÓN DEL PROCESO. 

Finalizado este proceso, los títulos verificados son incluidos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), donde se recoge información relativa al Sistema Universitario Español.

 

Buzón de Consultas