Las entidades que deseen recabar la colaboración de ACSUCYL en la evaluación de candidatos vinculados a convocatorias de contratación en alguna figura postdoctorales de investigación deberán solicitarlo y acordarlo con la Agencia, con carácter previo a la publicación de la convocatoria pública.

La Comisión de Evaluación de la Investigación de ACSUCyL ha establecido el procedimiento que se recoge en el “Manual de evaluación de resultados y méritos de investigación para la contratación postdoctoral” para garantizar el adecuado desarrollo de estos procesos de evaluación, conforme a estándares de calidad contrastados, a los que puedan acogerse las universidades y otras entidades en sus convocatorias para la contratación postdoctoral.

Los criterios y los referentes de evaluación para la valoración de los candidatos serán los establecidos en el Anexo II de este Manual, y los que en su caso se hayan incorporado como criterios adicionales en el acuerdo de colaboración, a solicitud de las entidades.

Las entidades solicitantes especificarán en las convocatorias a las que se vincula la evaluación cuáles de esos criterios se considerarán y la ponderación que cada uno de ellos tendrá.

La aplicación de los criterios se modulará en función de las circunstancias de cada disciplina. En todo caso, será la Comisión de Evaluación de la Investigación de la Agencia quien determine en qué área o ámbito de conocimiento se enmarca la actividad investigadora de cada solicitud, y en consecuencia cuáles son los criterios de la CNEAI (si es el caso) y referentes concretos a los que hay que acudir en su aplicación.