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Registro telemático
 
 

Para la presentación de solicitudes a través del registro telemático de la Agencia, el solicitante deberá disponer de certificado digital, tal y como se indica en el art. 5.4 del Acuerdo del Consejo de Dirección de la Agencia por el que se crea el registro telemático de la Agencia (Boletín Oficial de Castilla y León nº 90 de 10 mayo de 2007)

Podrá utilizar el certificado de persona física incluido en su DNI electrónico  o bien el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre

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Es imprescindible que compruebe los requisitos de su navegador para poder presentar su solicitud a través del registro telemático siguiendo los pasos de esta web. 

Si quiere la utilización preferente de la vía telemática para la recepción de comunicaciones y notificaciones derivadas del procedimiento, puede acceder ahora al Buzón Electrónico del Ciudadano para suscribirse.

La presentación por esta vía no requiere el envío de documentación en soporte papel. Dicha documentación deberá ser incorporada como documentación electrónica adjunta en el formulario de solicitud, sólo deben escanear los documentos originales y remitirlos por vía telemática, incorporándolo al anexo en el orden en el que se le indica en el apartado de DOCUMENTACION.

Una vez terminado el registro, obtendrá un número de registro y un justificante electrónico de dicho registro.

 
 
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