El “Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios”, establece la acreditación institucional de centros universitarios, como una alternativa al procedimiento general de renovación de la acreditación de títulos oficiales que contempla el “Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales”. Así, los centros que hayan obtenido la acreditación institucional verán renovada la acreditación de los títulos oficiales de Grado y Máster que impartan, por un periodo de cinco años.
El procedimiento de acreditación institucional, regulado por la “Resolución de 7 de marzo de 2018, de la Secretaría General de Universidades, por la que se dictan instrucciones sobre el procedimiento para la acreditación institucional de centros de universidades públicas y privadas”, conlleva una solicitud ante la agencia de calidad universitaria de la comunidad autónoma en cuyo territorio se haya establecido la universidad y que se encuentren inscritos en el Registro Europeo de Agencias de Calidad (European Quality Assurance Register, EQAR), que tras un proceso de evaluación emitirá un informe vinculante para el Consejo de Universidades, que dictará la resolución al respecto.
Como requisitos para obtener la acreditación institucional los centros universitarios deberán por un lado haber renovado la acreditación inicial de al menos la mitad de los títulos oficiales de grado y máster que impartan de acuerdo al procedimiento general, y por otro lado contar con la certificación de la implantación de su Sistema de Garantía Interno de Calidad (SGIC), expedida por una agencia de calidad universitaria tras superar un proceso de evaluación conforme al protocolo para la certificación de SGIC establecido por la Conferencia General de Política Universitaria.
Con el objetivo de evitar duplicar los procesos de evaluación, ACSUCYL ha alineado los criterios de evaluación para la certificación de la implantación del SGIC y para la acreditación institucional, coordinando ambos procesos en el programa ELENCHOS (término griego, equivalente al latino “audit”, auditar, es la palabra con la que Sócrates denominó lo que luego sería conocido como “método socrático”: la búsqueda de la verdad y su demostración, a través de la indagación en la información y la refutación de conjeturas, para su aceptación o rechazo, a través de preguntas que deben responderse con evidencias, hasta alcanzar una valoración general).
El programa ELENCHOS se pone en marcha con una convocatoria piloto durante el curso 2018-2019, de conformidad con la siguiente documentación:
- Programa ELENCHOS: Documento marco. Criterios, estándares y órganos de evaluación.
- Programa ELENCHOS: Fase I. Procedimiento de certificación de la implantación del sistema de garantía interna de calidad de los centros universitarios.
- Programa ELENCHOS: Fase II. Procedimiento de acreditación institucional inicial de los centros universitarios.